CIUDAD

Controversia sobre las bonificaciones por desahucio y retiro voluntario


La reciente resolución de la CNJ abre el debate sobre la regresión de derechos laborales y la necesidad de intervención del Ministerio de Trabajo para evitar perjuicios a los trabajadores.

María José Alba Lozano

En el marco de la resolución de la Corte Nacional de Justicia (Número 03-2025), se genera una controversia sobre las disposiciones relativas a las bonificaciones por desahucio y retiro voluntario de los trabajadores, particularmente en el contexto de las empresas públicas. La resolución, que establece que los trabajadores no pueden recibir ambas bonificaciones al mismo tiempo, suscita el debate sobre si esto constituye una regresión de derechos laborales adquiridos, en particular para los servidores públicos.

EXPERTOS OPINAN

Carlos Alberto Ramírez Astudillo, abogado especialista en derecho laboral, señaló que la resolución de la Corte Nacional de Justicia pone en riesgo derechos laborales fundamentales, ya que vulnera derechos que los trabajadores adquirieron a lo largo de los años. “Esta resolución violenta derechos laborales adquiridos, pues está menoscabando una conquista laboral que los trabajadores obtuvieron con anterioridad”, expresó. A su juicio, la resolución de la Corte es un retroceso para los trabajadores, especialmente los del sector público, quienes se verían más afectados por la aplicación de esta disposición.

Ramírez también mencionó que el Ministerio de Trabajo debería actuar para evitar esta regresión de derechos, advirtiendo que si no se corrige la situación, el país podría enfrentar una reprimenda internacional por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Por su parte, el abogado Víctor Loja, también experto en derecho laboral, argumentó que la resolución de la Corte Nacional tiene una redacción problemática. Aunque la Corte resolvió que los trabajadores no pueden recibir ambas bonificaciones, Loja considera que esta decisión no refleja correctamente las normativas existentes.

“El desahucio y el retiro voluntario son conceptos distintos; no se trata de un doble beneficio”, explicó. Loja recalcó que la Corte debería haber especificado en la redacción de la resolución que se refiere solo a los trabajadores de las empresas públicas, ya que en el Código de Trabajo solo se menciona la bonificación por desahucio, y el retiro voluntario se regula en la Ley Orgánica de Empresas Públicas o en los contratos colectivos.

Loja también advirtió que la confusión que genera esta resolución podría tener consecuencias graves para los trabajadores, especialmente aquellos que dependen de la bonificación por desahucio. “El impacto sería grande, ya que se está afectando económicamente a los trabajadores, especialmente a los jubilados”, señaló, subrayando que muchas veces los trabajadores del sector público no reciben sus compensaciones por jubilación de manera inmediata, sino que deben esperar años para ello.

SINDICATO

Finalmente, Geovanny Rugel, secretario general de la Federación Provincial de Obreros de Salud del Orden y abogado en libre ejercicio, destacó la importancia de no permitir que esta resolución modifique los derechos establecidos en el Código de Trabajo. “El derecho al desahucio es un derecho consagrado en el Código del Trabajo y no puede ser eliminado por una resolución judicial”, sostuvo, indicando que la resolución de la Corte Nacional es un intento por eliminar un derecho que está profundamente arraigado en la normativa laboral ecuatoriana.

Rugel enfatizó que esta resolución de la Corte Nacional iría en contra de los principios establecidos en la Constitución del Ecuador, que asegura que los derechos laborales deben ser progresivos, no regresivos. “Si esta resolución se mantiene, afectará gravemente a los trabajadores que se jubilan y dependen de esta compensación”, agregó, mostrando preocupación por el impacto que tendrá en la calidad de vida de los trabajadores jubilados, quienes dependen de estos beneficios para su sustento.

UNA POSIBLE ACCIÓN CONSTITUCIONAL

Ante el panorama de incertidumbre generado por la resolución, los expertos coinciden en que el siguiente paso podría ser una acción de inconstitucionalidad para que la Corte Constitucional revise la validez de la resolución de la Corte Nacional. De ser así, los sindicatos y organizaciones laborales podrían actuar para que se revoque la medida y se restablezcan los derechos adquiridos por los trabajadores.

Criterios:
Carlos Alberto Ramírez Astudillo:

“Esta resolución de la Corte Nacional violenta derechos laborales adquiridos de los trabajadores, ya que está menoscabando una conquista laboral obtenida con anterioridad”.

Víctor Loja:

“El pleno de la Corte Nacional decidió que solo se debe pagar uno de los beneficios, pero hay una mala redacción que puede perjudicar a los trabajadores”.

Geovanny Rugel:

“El derecho al desahucio es un derecho consagrado en el Código del Trabajo y no puede ser eliminado así por así por una resolución judicial”.