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Aplanadora aprueba Ley de Extinción de Dominio


QUITO. Henry Kronfle, presidente de la Asamblea Nacional, celebra la aprobación unánime de la Ley de Extinción de Dominio. Foto de Cortesía

QUITO.- La Asamblea Nacional aprobó de forma unánime la cuarta ley económica urgente del gobierno de Daniel Noboa.

El Proyecto de Ley para el Ahorro y Monetización de Recursos Económicos para el Financiamiento de la Lucha contra la Corrupción obtuvo 129 votos a favor, en el segundo debate de esta cuarta ley urgente que remitió el Ejecutivo de transición.

La propuesta, aprobada por unanimidad, plantea reformas a ocho cuerpos legales, entre ellos la Ley de Extinción de Dominio, el Código Orgánico Integral Penal, la Ley de Contratación Pública, la Ley de la Contraloría, Procuraduría y otras.

El objetivo de este proyecto es que los bienes de origen ilícito pasen a manos del Estado y se destinen a proyectos sociales, así como a la Fiscalía General del Estado, para la lucha contra el crimen organizado.

El informe para segundo debate recogió estos planteamientos y estableció tres requisitos para que se proceda con la extinción de dominio, sin una sentencia penal. Estos son:

“Cuando los bienes objeto de extinción de dominio sean de propiedad de uno o varios miembros de grupos de delincuencia organizada, nacional o transnacional, organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes, identificados mediante resolución motivada del Consejo de Seguridad Pública y del Estado, o que se encuentren descritos en las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o en cualquier otro instrumento internacional ratificado por el Ecuador.

Cuando se trate de bienes o activos injustificados sobre los cuales exista relación de causalidad con el crimen organizado, nacional o transnacional, organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes.

Cuando se trate de delitos flagrantes respecto de los bienes o activos cuya titularidad se encuentren en propiedad de uno o varios de los miembros de grupos de delincuencia organizada nacional o transnacional, organizaciones terroristas o actores no estatales beligerantes.

Además, el documento aprobado en el Pleno dispone que «la acción de extinción de dominio procederá sobre aquellos bienes o activos de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda justificarse; es decir, bienes o activos que sean instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos, sin perjuicio del lugar de su realización».

Criterios

Nathaly Farinango, ADN:

“Tenemos la oportunidad de aprobar esta Ley y la obligación de generar leyes que luchen contra la corrupción y permitan el desmantelamiento de las economías criminales”.

Jorge Peñafiel, Construye:

“Esta Ley va a dinamizar el proceso del decomiso de bienes. El objetivo es que los patrimonios ilícitos no enriquezcan más las estructuras criminales y que estos recursos ingresen al país”.

Cristhian Vega, Revolución Ciudadana:

“Se pudo incorporar la necesidad de que se atienda a provincias fronterizas como la mía, la provincia de El Oro, y que también se considere el destino de estos recursos a toda la ruralidad”.

Viviana Veloz, Revolución Ciudadana:

“Nuestra bancada ha dado sus aportes y está de acuerdo con el propósito de decomisar los bienes malhabidos para que tenga un impacto positivo, aplicando y observando garantías procesales”.

Steven Ordóñez, Actuemos:

“Pudimos ingresar que parte de este recurso obtenido por la extinción de dominio, pueda ir a los sectores fronterizos y rurales del país. Apoyamos que se recuperen estos recursos”.