El movimiento provincial PLAN 77 anunció oficialmente que no presentará candidaturas para la Prefectura de El Oro ni para la Alcaldía de Machala en las elecciones seccionales, decisión que reconfigura el escenario político de la provincia tras la detención del alcalde de Machala, Darío M., quien había sido proclamado como precandidato a la Prefectura durante el proceso de democracia interna.
El movimiento provincial PLAN 77 anunció oficialmente que no presentará candidaturas para la Prefectura de El Oro ni para la Alcaldía de Machala en las elecciones seccionales, decisión que reconfigura el escenario político de la provincia tras la detención del alcalde de Machala, Darío M., quien había sido proclamado como precandidato a la Prefectura durante el proceso de democracia interna.
A través de un comunicado difundido este sábado, la organización informó que, luego de un proceso interno de diálogo, evaluación y análisis estratégico, su dirigencia y militancia resolvieron “de manera consensuada” no participar en la disputa por los dos principales cargos de elección popular de la provincia.
El documento sostiene que la decisión responde a criterios de transparencia y coherencia política y agradece el respaldo recibido por sus simpatizantes en los diferentes cantones de El Oro. Además, asegura que el movimiento continuará trabajando políticamente en la provincia pese a no presentar aspirantes a esos dos cargos.
“Plan 77 reafirma su compromiso de seguir trabajando con la misma fuerza, unidad y vocación de servicio por el progreso de Machala y de toda la provincia de El Oro”, señala el pronunciamiento difundido por la directiva provincial.
El anuncio cambia por completo el panorama electoral que se había configurado días atrás, cuando Darío M. había sido proclamado como el principal aspirante del movimiento para disputar la Prefectura.
La detención cambió
el panorama
La decisión se produce pocos días después de que un juez dictara prisión preventiva contra el alcalde de Machala dentro del proceso penal que enfrenta, situación que abrió un amplio debate sobre las implicaciones jurídicas y electorales de su eventual candidatura.
Hasta antes del comunicado existía incertidumbre sobre si el movimiento mantendría la postulación del alcalde o buscaría un reemplazo dentro de los plazos establecidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Especialistas en derecho electoral señalaban que la prisión preventiva, por sí sola, no constituye una inhabilidad para participar como candidato, siempre que no exista una sentencia condenatoria ejecutoriada.
El analista político y experto en temas electorales Alfredo Espinosa explicó que el proceso de democracia interna concluyó el pasado 2 de julio y que la siguiente etapa corresponde a la inscripción oficial de candidaturas.
Precisó que, si Darío M. aceptó formalmente su precandidatura durante las elecciones primarias, el análisis jurídico ya no giraba alrededor de ese requisito, sino de la evolución del proceso judicial y del calendario electoral.
Los plazos del CNE
seguían abiertos
Espinosa recordó que la inscripción de candidaturas se desarrollará entre el 2 y el 17 de agosto, mientras que la proclamación definitiva de candidaturas concluirá el 9 de noviembre, lo que otorgaba margen para que las organizaciones políticas adoptaran decisiones antes de la calificación final.
A criterio del especialista, de mantenerse algún impedimento que dificultara el desarrollo normal de la campaña, el movimiento podía reorganizar su estrategia y designar otro aspirante dentro de los procedimientos previstos en la normativa electoral.
“Todo dependía del desarrollo del proceso judicial. Si la medida cautelar se prolongaba durante varios meses, el escenario cambiaba para cualquier organización política”, explicó.
Sin embargo, con el comunicado difundido este sábado, PLAN 77 descartó por completo esa posibilidad y optó por retirarse de la contienda tanto para la Prefectura como para la Alcaldía de Machala, cerrando así las especulaciones sobre un eventual reemplazo.
La organización tampoco informó si esta decisión será definitiva o si podría modificarse durante las siguientes etapas del proceso electoral.
Se mantiene la participación en otros cantones
Aunque el movimiento desistió de competir por los dos cargos de mayor importancia política en la provincia, el comunicado no hace referencia a las candidaturas para alcaldías de otros cantones, concejalías y juntas parroquiales.
En el pronunciamiento únicamente se especifica que no presentará candidatos para la Prefectura de El Oro ni para la Alcaldía de Machala, por lo que, en principio, el resto de postulaciones impulsadas por la organización continuarían dentro del proceso electoral.
Durante las últimas semanas, PLAN 77 había proclamado a varios precandidatos para distintos cantones de la provincia, quienes mantenían actividades territoriales mientras avanzaba el calendario electoral.
Ahora corresponderá conocer si la organización ratifica oficialmente esas postulaciones durante el período de inscripción establecido por el Consejo Nacional Electoral.
La decisión también modifica el panorama para las demás organizaciones políticas que ya definieron a sus precandidatos y que ahora deberán replantear sus estrategias frente a un escenario distinto al previsto hace apenas unos días.
Nuevo tablero
político en El Oro
Para Alfredo Espinosa, el caso refleja cómo los procesos judiciales pueden terminar influyendo directamente en el desarrollo de una campaña electoral y en las decisiones estratégicas de las organizaciones políticas.
El especialista considera que el proceso electoral se desarrolla en un contexto de alta judicialización, donde varias causas penales relacionadas con autoridades y actores políticos han incidido en la conformación de las candidaturas.
La salida de PLAN 77 de la disputa por la Prefectura y la Alcaldía de Machala deja vacante un espacio importante dentro del tablero político provincial y abre la posibilidad de que otras organizaciones intenten captar ese electorado durante los próximos meses.
Mientras tanto, el calendario electoral continúa avanzando hacia la etapa de inscripción de candidaturas y la definición oficial de quienes participarán en los comicios seccionales.
Con este nuevo escenario, la contienda en El Oro entra en una etapa de reconfiguración política en la que las alianzas, las decisiones internas de los movimientos y el desarrollo de los procesos judiciales seguirán marcando el rumbo de las próximas elecciones.
¿Qué dice la ley?
Artículo 96 del Código de la Democracia Inhabilidades para ser candidato
“No podrán ser candidatas o candidatos quienes hayan recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias y testaferrismo; así como lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.”
Artículo 345 del Código de la Democracia Democracia interna
Dispone que las organizaciones políticas deben elegir a sus candidatos mediante procesos de democracia interna, antes de la inscripción oficial de candidaturas.
¿Qué significa? PLAN ya cumplió con esa etapa al proclamar a sus precandidatos.
Reglamento para la Inscripción y Calificación de Candidaturas del CNE
La normativa establece que las candidaturas deben inscribirse dentro del calendario electoral y contempla la sustitución de candidatos en los casos previstos por la ley y dentro de los plazos establecidos.
¿Qué significa? Si antes de la calificación definitiva la organización política no puede sostener una candidatura, puede tramitar su reemplazo conforme al procedimiento y dentro de los plazos fijados por el CNE.