QUITO.- El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió un reglamento específico para monitorear y fiscalizar la campaña en redes sociales, vías, eventos públicos y hasta entrevistas en medios de comunicación que regirá para los 65 candidatos a ocupar las siete vocalías del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
QUITO.- El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió un reglamento específico para monitorear y fiscalizar la campaña en redes sociales, vías, eventos públicos y hasta entrevistas en medios de comunicación que regirá para los 65 candidatos a ocupar las siete vocalías del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
El 29 de noviembre, 13,8 millones de ecuatorianos empadronados están convocados a elegir a los siete miembros del Consejo de Participación Ciudadana y a las autoridades de los Gobiernos autónomos descentralizados para el periodo 2027-2031.
Hay 65 candidatos —por ahora— que están en la competencia y tienen determinadas restricciones para promocionarse debido a la naturaleza de sus cargos, por lo que únicamente el Consejo Nacional Electoral está autorizado a promocionar sus nombres y trayectoria, entre el 12 y el 26 de noviembre, cuando regirá la campaña electoral.
La ley que rige al CPCCS contiene una prohibición para que partidos, movimientos, actores políticos, funcionarios del Estado los promocionen; a lo que se sumó un fallo del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sobre el uso de redes sociales, que está sujeto al control y, por tanto, podrá sancionarse.
Con cuatro votos de los consejeros electorales José Merino, Enrique Pita, Esthela Acero y José Cabrera se aprobó el 26 de octubre de 2026 un reglamento para el control y fiscalización de la publicidad electoral de los candidatos al CPCCS.
El objeto de la normativa es “identificar y examinar hechos que pudieren constituir presuntas infracciones electorales, y verificar el cumplimiento de la prohibición de recibir o utilizar financiamiento privado de cualquier tipo”.
Pero además, recalca que está prohibido que los candidatos “reciban, recepten o usen financiamiento privado de cualquier tipo, incluidos recursos propios, aportes de terceros, simpatizantes u organizaciones públicas o privadas, así como aportes provenientes de autoridades, servidores públicos de todos los niveles de gobierno, que pudiesen ser utilizados para la promoción de sus nombres, trayectoria y propuestas”.
Así también, 48 horas antes del día de las elecciones y hasta las 17:00 (del 29 de noviembre), regirá un silencio electoral que les impedirá “hacer mítines, concentraciones o cualquier otro acto de carácter electoral”.
Mientras dure el silencio electoral, no podrán hacer propaganda en redes sociales los candidatos al CPCCS, organizaciones sociales, instituciones o servidores, organizaciones políticas, candidatos a dignidades de elección popular y “toda publicación patrocinada o promovida mediante cualquier modalidad de financiamiento”.
Si se incumpl en estas disposiciones, el CNE y las delegaciones provinciales podrán suspender o retirar la publicidad, sin perjuicio del inicio de las acciones que correspondan.
El CNE podrá monitorear la publicidad electoral a través de sus unidades técnicas o con la contratación de una empresa privada.
Para llevar el control, se dará un plazo de tres días para que estos competidores informen cuáles son sus cuentas de usuarios y de otros espacios digitales que utilicen para difundir sus contenidos.
De incumplir estas disposiciones, se iniciará el proceso legal ante el TCE, que corresponde a una denuncia por infracción electoral.
Con la participación de los funcionarios de las delegaciones provinciales del Consejo se activarán monitoreos de vías públicas a nivel nacional y así detectar la posible difusión de propaganda o eventos que, por su magnitud, convocatoria, logística o difusión, puedan implicar la utilización de recursos públicos o privados.
Este monitoreo se aplicaría a los contenidos audiovisuales que se difundan de manera pública en medios de comunicación tradicionales o no tradicionales y redes sociales, en actos o eventos con carácter proselitista realizados en las vías públicas del territorio nacional.
El texto legal señala que la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil podrán hacer pronunciamientos en redes sociales, participar en reuniones, eventos, entrevistas y demás actividades públicas, en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.
La autoridad electoral tendrá la posibilidad de ejecutar acciones de monitoreo, seguimiento y verificación in situ de los eventos y actividades públicas, con el objeto de levantar información, recopilar evidencias y analizar la posible utilización de recursos públicos o privados.
Los funcionarios electorales podrán considerar como elementos de análisis la infraestructura, medios logísticos y de amplificación, difusión previa o posterior del evento, nivel de convocatoria y alcance.
También, elementos promocionales, aforo de personas o cualquier otro elemento que permita determinar la utilización de bienes públicos o la existencia de financiamiento de cualquier tipo.
Los candidatos deberán informar al Consejo sobre los eventos, reuniones, entrevistas de prensa o actividades en las que participen para “permitir su registro, monitoreo y/o acompañamiento, sin perjuicio de las responsabilidades derivadas del uso de financiamiento privado o del incumplimiento de la normativa electoral”.
Se les dará el plazo de dos días antes del evento para que lo informen al organismo.
Adicionalmente, con esta normativa el CNE adoptó un mecanismo para dar tratamiento a los posibles elementos sospechosos y remitirlos al TCE, que deberán seguir los servidores electorales.