Tres jueces del Tribunal de Garantías Penales con sede en Machala fueron destituidos este martes 3 de noviembre de 2026 por el Pleno del Consejo de la Judicatura, tras determinar que incurrieron en error inexcusable en el ejercicio de sus funciones.
Tres jueces del Tribunal de Garantías Penales con sede en Machala fueron destituidos este martes 3 de noviembre de 2026 por el Pleno del Consejo de la Judicatura, tras determinar que incurrieron en error inexcusable en el ejercicio de sus funciones.
Los magistrados separados de sus cargos son Carmen Elizabeth Cadena Calle, Ángel Lautaro Maza López y Fernando de Jesús Ortega Cevallos. La decisión se adoptó durante la sesión extraordinaria N.º 164-2026.
Según informó la institución, la sanción responde a una actuación judicial relacionada con una acción de protección presentada por Manuel Jesús Mejía Granda, quien cuestionaba una suspensión de quince días sin remuneración.
El caso fue tramitado bajo el expediente disciplinario MOTP-0846-SNCD-2026-MP, por la infracción contemplada en el artículo 109, numeral 7, del Código Orgánico de la Función Judicial.
¿Cuál fue la actuación que motivó la destitución?
De acuerdo con los antecedentes del expediente, el 20 de diciembre de 2024, los tres jueces aceptaron la acción de protección presentada por Mejía Granda y dejaron sin efecto la suspensión que el Pleno del Consejo de la Judicatura le había impuesto el 2 de julio de ese mismo año.
Sin embargo, el servidor judicial ya había presentado una impugnación contra esa sanción ante la jurisdicción contencioso-administrativa, dentro de la causa N.º 09802-2024-01639.
La sustentación del procedimiento disciplinario señala que los magistrados no observaron los precedentes constitucionales vinculantes relacionados con la utilización simultánea de ambas vías judiciales cuando existe identidad de hechos, cargos y pretensiones.
¿Por qué se consideró error inexcusable?
Según la declaratoria jurisdiccional previa citada en el expediente, los jueces inobservaron las reglas establecidas por la jurisprudencia constitucional para estos casos, al aceptar una acción de protección sobre una controversia que también estaba siendo discutida en la vía contencioso-administrativa.
Estos antecedentes fueron considerados por el Consejo de la Judicatura para establecer la responsabilidad disciplinaria de los tres magistrados y resolver su destitución.
La resolución fue adoptada por el Pleno de la Judicatura en la sesión extraordinaria de este martes, conforme a la información difundida por el organismo.