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El protocolo para retirar un grillete electrónico no está claro


GUAYAQUIL.- El protocolo para retirar un grillete electrónico en casos de emergencia, de vida o muerte, no está claro.

Aunque el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en su artículo 522 habla de cuáles son las medidas cautelares para asegurar el rastreo de la persona procesada, entre esas el grillete electrónico,



GUAYAQUIL.- El protocolo para retirar un grillete electrónico en casos de emergencia, de vida o muerte, no está claro.

Aunque el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en su artículo 522 habla de cuáles son las medidas cautelares para asegurar el rastreo de la persona procesada, entre esas el grillete electrónico, este no especifica cuál es la directriz a seguir para el retiro del mismo cuando la situación lo requiera de manera urgente.

Así lo analiza el experto en leyes Jorge Sosa.

Según los hijos de Carlos Luis Morales, quien falleció la mañana de este 22 de junio, los médicos no pudieron reanimarlo porque el político portaba un grillete en uno de sus tobillos que no pudieron sacar sin autorización, por lo tanto no se aplicó ningún protocolo al respecto.

Morales tenía ese dispositivo como medida de rastreo tras ser investigado por peculado y tráfico de influencias en medio de la pandemia del coronavirus.

La clínica Kennedy del Samborondón, donde fue llevado Morales aún no hace ningún pronunciamiento sobre la atención médica, aunque según un informe médico que circula en Twitter, el también exfutbolista ingresó a urgencias inconsciente y sin signos vitales.

Sosa detalla que el control de los dispositivos electrónicos como el grillete, está en manos de un juez y no de la Fiscalía, sin embargo resalta que siendo una situación de vida o muerte la autorización del juez debió quedar a un segundo plano, “si es que en realidad los doctores temieron reanimarlo por las reacciones médicas o legales que conllevaba hacerlo portando el dispositivo”.

“Las personas con grilletes tienen un custodio que los vigila, ese custodio tiene una llave y debió haberse presentado inmediatamente y la autorización pudo haberse dado verbalmente”, indica.

El experto señala que el COIP no regula el uso del grillete electrónico, sino que está regulado en un reglamento del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI), organismo encargado del procedimiento para traslados y vigilancia de los antisociales con medidas cautelares.

El SNAI solo se ha pronunciado con un tuit donde menciona que “los dispositivos vigilancia electrónica no son elementos que interfieran en la atención médica”.

“#SNAI_Ec El @SNAI_Ec informa que los dispositivos de vigilancia electrónica no son elementos que interfieran en la atención médica. Los grilletes electrónicos no perjudican ni tienen efectos adversos en la salud de los portadores.#SeguridadPenitenciarios”, escribió.

El Comandante de la Policía de la Zona 8 (Guayaquil, Durán y Samborondón) Víctor Aráus, aclaró que la Policía recibió la alerta para supervisión del retiro del grillete más no del retiro, porque aquello ni le compete y ni tiene las herramientas para hacerlo.

“Hay un protocolo que el juez autoriza con la competencia del SNAI, no es la policía la que retira el grillete. Cuando recibimos la alerta de supervisión, fuimos enseguida pero cuando llegamos ya el prefecto había fallecido”, cuenta.

Ante las especulaciones, de si llegó sin vida o no, si fue negligencia médica, si el procedimiento para retirar el grillete no se hizo, la Fiscalía General abrió una investigación sobre el fallecimiento del político.