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¿Me pueden multar por conducir un carro con licencia de moto?


Las licencias no profesionales se dividen en tres categorías y cuentan con características distintas de acuerdo al tipo de conductor y vehículo.

En el Ecuador existen distintos tipos de licencias a los que los ciudadanos pueden acceder posterior al proceso correspondiente.

Existen las licencias no profesionales, de las que son beneficiarios la mayoría de ciudadanos para fines particulares, las cuales se dividen en:

Licencia Tipo A: Permite conducir ciclomotores, motocicletas, tricar, cuadrones.

Licencia Tipo B: Permite conducir automóviles y camionetas con acoplados de hasta 1,75 toneladas de carga útil.

Licencia Tipo F: Permite conducir automotores especiales adaptados para personas con algún tipo de discapacidad.

La licencia de conducir tipo B, antiguamente conocida como sportman, se concede a usuarios que requieren la licencia por primera vez, detalla la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Este tipo de licencia habilita a su poseedor a conducir automóviles y camionetas con acoplados de hasta 1,75 toneladas de carga útil o casas rodantes, según determina la ley.

Por otro lado, la licencia tipo A, es exclusivamente permitida para conducir vehículos motorizados como: ciclomotores, motocicletas, tricar, cuadrones. Por ende, no es permitido conducir automóviles o camionetas acopladas a las medidas correspondientes con este tipo de licencia.

Las Contravenciones de Tránsito de Ecuador, según el Código Integral Penal (COIP), indican que este acción se registra como una Contravención de Tránsito –de primera clase– y es multada.

Se establece una multa de 2 SBU (Sueldo Básico Unificado), reducción de 10 puntos en la licencia y retención el vehículo por 7 días en los siguientes casos:

  • Realizar transporte de pasajeros sin título habilitante.

  • Conducir un vehículo con una licencia de categoría menor a la exigible.

  • Personas que participen con vehículos a motor en competencias en la vía pública”.