Ayer, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio lectura a la sentencia del Caso Casierra Quiñónez y otros Vs. Ecuador en la que declaró responsable internacionalmente a la República del Ecuador por el fallecimiento en diciembre de 1999.
Ayer, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio lectura a la sentencia del Caso Casierra Quiñónez y otros Vs. Ecuador en la que declaró responsable internacionalmente a la República del Ecuador por el fallecimiento en diciembre de 1999 de Luis Eduardo Casierra Quiñónez y las lesiones producidas a sus hermanos Andrés Alejandro y Sebastián Darlin, quienes se dedicaban a actividades de pesca, producidas en el marco de un operativo antidelincuencial efectuado por integrantes de la Armada del Ecuador, por lo que declaró violados los derechos a la vida (artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) y a la integridad personal (artículo 5.1).
En su fallo, la Corte estableció que la muerte y las lesiones producidas durante el operativo efectuado el 8 de diciembre de 1999 fueron el resultado del uso excesivo de la fuerza letal por parte de los agentes estatales.
Asimismo, el Tribunal concluyó que Ecuador violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, derivado del conocimiento de los hechos por parte de la jurisdicción penal militar.
De igual forma, la Corte determinó la violación al derecho a la integridad personal de los siguientes familiares de Luis Eduardo Casierra Quiñónez: Andrés Alejandro Casierra Quiñónez, Sebastián Darlin Casierra Quiñónez, Jonny Jacinto Casierra Quiñónez, María Ingracia Quiñónez Bone, Cipriano Casierra Panezo y Shirley Lourdes Quiñónez Bone.
El Estado deberá pagar las cantidades fijadas en la Sentencia por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales. Se establecieron varios valores, entre esos uno por lucro cesante. La víctima mortal tenía veinticuatro años y tomando en cuenta la expectativa de vida en Ecuador y el “salario básico unificado vigente” mensual, y aplicando la fórmula que la Corte, se obtiene la suma de $ 220.800,00, monto que solicitaron sea entregado a la madre de la la víctima.
La composición de la Corte para la emisión de la presente Sentencia fue la siguiente: Juez Ricardo C. Pérez Manrique, Presidente (Uruguay); Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México); Jueza Nancy Hernández López (Costa Rica); Jueza Verónica Gómez (Argentina); Jueza Patricia Pérez Goldberg (Chile), y Juez Rodrigo de Bittencourt Mudrovitsch (Brasil).